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miércoles, 23 de febrero de 2011

Defensa pública de huaral se reunió el pasado viernes 18 de febrero a fin de tratar el acuerdo plenario 2-2010/cj-116

En pleno de la defensa pública de huaral se reunió el pasado viernes 18 de febrero, a fin de tratar el acuerdo plenario 2-2010/cj-116 – concurrencia de circunstancias agravantes especificas de distinto grado o nivel de determinación judicial de la pena, y que fue emitido por la corte suprema de justicia del perú, el dieciséis de noviembre de dos mil diez.

Dicho evento académico responde a la necesidad de consolidar y unificar criterios dentro de la Defensa Pública, con la finalidad de prestar el Servicio con efectividad y eficiencia por los Defensores Públicos de Huaral, y que giran en torno a la concurrencias agravantes de grado o nivel de determinación judicial de la pena.

La Charla contó con la participación del pull de abogados de la Defensoría Pública de Huaral, encabezado por su coordinador Dr. José Manuel Tello Gutiérrez, quien solicitó la autorización al Director Distrital de la Defensa Pública de Huaura, a fin de poder abordar dicho Acuerdo Plenario. Al final del evento se emitirá las conclusiones que serán elevadas a la Dirección Distrital para su conocimiento y fines.

El evento se realizó el día viernes 18 de febrero de 2011, a horas 5:30 de la tarde, en las instalaciones de la Defensa Pública de Huaral. La ponencia en esta oportunidad estuvo a cargo del Defensor Público Doctor Alejandro Idrugo Jave.

De esta manera la Defensoría Pública de Huaral, cumple con los principios generales consagrados en el artículo 3 de la ley Nro. 29360 – Ley de la Defensa Pública, que señala: El servicio de Defensa Pública se presta en condiciones de efectividad, eficacia y calidad.

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