El JEE de Huaral valida el argumento jurídico del Principio de la Veracidad, de la misma manera, como el Colegiado del JNE lo consideró en su oportunidad, cuando resolvió a favor de la apelación presentada por la candidata del PPC a la Improcedencia de su Inscripción como candidata a la alcaldía de la municipalidad provincial de Huaral.
Basado en la presunción de que “los documentos y declaraciones que fueron entregados por los administrados responden a la verdad de los hechos que ellos afirman y que no es culpa de ellos que la solicitud presentada por la regidora Kobayashi no aparezca en el Registro de Trámite Documentario y que la responsabilidad de esa deficiencia es la misma municipalidad de Huaral, quien deberá individualizar y buscar al responsable o responsables de la demora en el trámite documentario”, decidieron dar por terminado, en su instancia jurisdiccional, el pedido de Tacha contra la candidata del PPC, declarándolo no procedente .
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