El Jurado Nacional de Elecciones publicó Leyes para los presidentes regionales y alcaldes municipales que van a la reelección como candidactos para este año 2010, con referente a los presidentes menciona:Deben solicitar licencia sin goce de haber 120 días antes de los comicios los presidentes y vicepresidentes regionales que postulen a algún cargo regional, alcaldes que deseen ser vicepresidente o consejero regional y regidores que postulen al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional.
Los ministros y viceministros, así como funcionarios de alto nivel, deben renunciar 180 días antes de la fecha de comicios.
Para ser candidatos, los funcionarios públicos que administran o manejan fondos del Estado y los funcionarios de empresas del Estado deben solicitar licencia sin goce de haber 30 días naturales antes de la elección.
Y por otro lado los alcaldes que postulan a una reelección están impedidos, a partir del 5 de Julio, de inagurar o inspeccionar obras públicas y repartir bienes adqueridos con dinero de la municipalidad o como producto de donacionciones, así lo señala la sexta disposición complementaria de la Ley de Elecciones Municipales, que se aplica 90 días antes de las elecciones, Informó el Jurado Nacional de Elecciones.Lo mismo rige para los funcionarios que aspiran a postular a cargos ediles, las autoridades municipales sólo podrán hacer proselitismo cuando no se comprometan actos del Gobierno Municipal ni se utelicen medios de propiedad pública, presisó el máximo organismo electoral. Editado por Huaral Noticias
No hay comentarios:
Publicar un comentario
http://www.huaralnoticias.blogspot.com