Aclaran que el 1 y 2 de octubre no son feriados, son días no laborables |
Como se mencionó, el Gobierno decretó días no laborables el 1 y 2 de octubre
en la ciudad capital y el Callao, a fin de brindar mayor facilidad y
seguridad a la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América
del Sur-Países Árabes (ASPA).
El director regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima
Metropolitana, Aurelio Soto Barba, aclaró que los días 1 y 2 de octubre no son feriados para el sector público y privado, sino días no laborables.
"Simplemente son traslados de tus horas de trabajo en otro momento, en otros días, a otra semana, etc. Las excepciones y los que van a trabajar ese día no van a recibir ningún sobrecargo", señaló a RPP Noticias.
El funcionario explicó que los días no laborables no se aplicarán para los trabajadores cuyas actividades económicas tengan especial relevancia para la comunidad y para los servicios mínimos en las empresas.
"En actividades económicas de especial relevancia, entre los cuales salubridad, saneamiento, etc., y también se han incluido los hoteles y establecimientos de hospedaje que hospeden a las personas que vienen a esta Cumbre ASPA", refirió.
"El segundo rubro son servicios mínimos que son servicios que no pueden parar nunca en una empresa. Por ejemplo, las máquinas que necesitan mantenimiento. Tendrá que haber un contingente mínimo", sentenció.
"Simplemente son traslados de tus horas de trabajo en otro momento, en otros días, a otra semana, etc. Las excepciones y los que van a trabajar ese día no van a recibir ningún sobrecargo", señaló a RPP Noticias.
El funcionario explicó que los días no laborables no se aplicarán para los trabajadores cuyas actividades económicas tengan especial relevancia para la comunidad y para los servicios mínimos en las empresas.
"En actividades económicas de especial relevancia, entre los cuales salubridad, saneamiento, etc., y también se han incluido los hoteles y establecimientos de hospedaje que hospeden a las personas que vienen a esta Cumbre ASPA", refirió.
"El segundo rubro son servicios mínimos que son servicios que no pueden parar nunca en una empresa. Por ejemplo, las máquinas que necesitan mantenimiento. Tendrá que haber un contingente mínimo", sentenció.
“Es un día no laborable que es diferente
a un feriado. La única forma de compensar el no-trabajo es con trabajo
posterior en la oportunidad que el empleador decida pero no hay el
pago adicional del 100% que se establece en el caso de los feriados”,
expresó en diálogo con Radio Capital.
Vale indicar que en la víspera, el Ejecutivo estableció que las empresas que realizan servicios
sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua,
desagüe, combustible, aeropuertos, vigilancia, sepelios, comunicaciones
y telecomunicaciones, transporte, hoteles y hospedajes pueden quedar excluidas de los días no laborables, a fin de garantizar sus prestaciones.
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