Dentro del plazo legal, la Sunarp rechazó la inscripción de ese Directorio por dos temas que subsiste:
1- No se acredita con documento válido la calidad de accionistas de los directores David Zamora Reátigui y Fernando Romero Tapia, luego que se revisara la lista de asistentes a la junta del 30 de abril.
2- La cantidad de acciones que se menciona en la lista de asistencia no concuerda con la cantidad de acciones que se inserta en el acta de esa misma junta.
Sobre el primer punto, el documento indica que "Revisada las lista de asistentes ampliada, que se adjunta no se aprecia la calidad de accionistas de quienes son elegidos directores José Fernando Romero Tapia (titular) y David Zamora Reátigui (suplente); mientras que para la otra observación sostiene: " sin perjuicio de lo señalado, realizada la verificación del numero de acciones presentes (129'199,191), conforme señala la "lista ampliada", la sumatoria de acciones arroja la cifra menor : 128'198,191 acciones".
Los representantes del Grupo Wong (accionistas de la azucarera)
Esto constituye una gran estafa en contra de la comunidad y los accionistas trabajadores de Andahuasi, por lo que la fiscalía, defensorìa del Pueblo y el Poder Judicial tiene la obligación de tomar cartas en el asunto y hacer pagar las consecuencias de estos actos delictuales afín de realizar la reparación e indemnización correspondiente por todos los daños ocasionados desde la fecha en que se hizo la fraudulenta constitución del ilegal y usurpador directorio hasta la actualidad, lo que incluye una muerte y muchos heridos, trabajadores de Andahuasi.
ResponderEliminarAsimismo se debe evitar a toda costa mayores daños y pérdidas a la comunidad, para lo cual se debe proceder antes que un violento y brutal desalojo, la detención de los cabecillas; H. Garrido Lecca, David Jimenez Sardón, Manuel Bustamante Olivarez y Wilder Ruiz Loayza por constituir un peligro para la comunidad de Andahuasi, fortaleciéndo esta detención con una orden de Alejamiento de la comunidad de por lo menos 5 años.